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jueves, 27 de enero de 2011

Justicia chilena investigará por primera vez muerte de Salvador Allende

27 de enero 2011.-La justicia chilena investigará por primera vez las circunstancias de la muerte del ex presidente Salvador Allende, fallecido durante el golpe militar de Augusto Pinochet el 11 de septiembre de 1973, después de que la fiscalía presentara una querella, informó el poder judicial.

La clave de la investigación está en dilucidar si se suicidó, como señala el informe oficial, o si murió a raíz de un disparo proveniente desde fuera del Palacio de La Moneda durante el golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973, tal y como señala la tesis posterior de los forenses.

El magistrado Mario Carroza será el que esté a cargo de la investigación que forma parte de los 726 casos por violaciones de derechos humanos en la dictadura (1973-1990) contra los que jamás se presentaron denuncias, según ha detallado el Ministerio Público este miércoles.

“Entre las 726 denuncias figura la del presidenre Salvador Allende, sobre cuya muerte no se había abierto hasta ahora ninguna acción judicial”, ha indicado una fuente judicial,

“Habrá que ver si se trata o no de un suicidio y en qué circunstancia se produjo“, ha añadido.

El régimen militar se saldó con la muerte de 3.150 personas y 28.000 torturas. Actualmente, 560 exmilitares están acusados de crímenes contra la dictadura.

Jesús Romero Anselmi será sepultado esta misma tarde

Caracas, enero 23 - Los restos del maestro de maestros, ejemplar periodista y  venezolano Jesús Romero Anselmi serán sepultados esta misma tarde, a primera hora.
El velatorio se está efectuando en la funeraria Vallés, en La Florida.

En vigencia creación del Servicio de Administración y Enajenación de bienes

Caracas, 27 Ene. AVN .- En vigencia se encuentra el decreto de creación del Servicio Nacional de Administración y Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, confiscados y Decomisados, tras ser publicado en la Gaceta Oficial Nº 39.602.

El decreto establece un servicio desconcentrado especializado, sin personalidad jurídica, dependiente de la Oficina Nacional Antidrogas (ONA), pero con autonomía técnica y capacidad de gestión administrativa, operativa, presupuestaria, financiera y de disposición, el cual se regirá por la Ley Orgánica Antidrogas.

Será el órgano encargado de administración, disposición, liquidación, enajenación, custodia y control dentro y fuera del país, sobre los bienes muebles e inmuebles, capitales, naves y aeronaves, vehículos automotores, obras de arte y joyas, semovientes, activos y haberes bancarios, acciones y derechos asignados por los tribunales penales del país, conforme a la Ley que regula la materia de drogas.

El servicio constituirá un fondo especial de administración o fideicomiso, el cual estará destinado a administrar los recursos asignados y que estará conformado por un aporte inicial y subsiguientes, más los recursos disponibles en moneda nacional o extranjera conforme a la normativa legal vigente sobre la materia, así como los montos obtenidos producto de las operaciones, enajenaciones realizadas.

Los recursos obtenidos por la administración y enajenación de bienes, acciones y derechos por parte de este servicio podrán ser destinados a la ejecución de programas de la Oficina Nacional Antidrogas, del Sistema Público Nacional de Atención y Tratamiento de Adicciones y el Sistema Nacional Antidrogas.

De igual manera, podrán ser destinados para los organismos públicos dedicados a la prevención, represión, control y fiscalización de los delitos En vigencia se encuentra el decreto de creación del Servicio Nacional de Administración y Enajenación de Bienes Asegurados o Incautados, confiscados y Decomisados, tras ser publicado en la Gaceta Oficial Nº 39.602.

El decreto establece un servicio desconcentrado especializado, sin personalidad jurídica, dependiente de la Oficina Nacional Antidrogas (ONA), pero con autonomía técnica y capacidad de gestión administrativa, operativa, presupuestaria, financiera y de disposición, el cual se regirá por la Ley Orgánica Antidrogas.

Será el órgano encargado de administración, disposición, liquidación, enajenación, custodia y control dentro y fuera del país, sobre los bienes muebles e inmuebles, capitales, naves y aeronaves, vehículos automotores, obras de arte y joyas, semovientes, activos y haberes bancarios, acciones y derechos asignados por los tribunales penales del país, conforme a la Ley que regula la materia de drogas.

El servicio constituirá un fondo especial de administración o fideicomiso, el cual estará destinado a administrar los recursos asignados y que estará conformado por un aporte inicial y subsiguientes, más los recursos disponibles en moneda nacional o extranjera conforme a la normativa legal vigente sobre la materia, así como los montos obtenidos producto de las operaciones, enajenaciones realizadas.

Los recursos obtenidos por la administración y enajenación de bienes, acciones y derechos por parte de este servicio podrán ser destinados a la ejecución de programas de la Oficina Nacional Antidrogas, del Sistema Público Nacional de Atención y Tratamiento de Adicciones y el Sistema Nacional Antidrogas.

De igual manera, podrán ser destinados para los organismos públicos dedicados a la prevención, represión, control y fiscalización de los delitos tipificados en la ley que regula la materia de drogas.

También se establece la posibilidad de la enajenación de bienes o transferencia de bienes con fines sociales.